Acceso indirecto


Acceso indirecto

Mediante el acceso indirecto un operador (generalmente un nuevo entrante) pretende tener una red de acceso que realmente está alquilándola a otro operador (generalmente bien establecido, e incluso con peso significativo), el propietario de la red de acceso, que la ofrecer a los operadores mayoristas, conservando sobre ella un control completo (lo que también implica la obligación de su mantenimiento). Los términos de este alquiler pueden establecerse en términos de servicio (telefonía en general o determinados tipos de llamadas, Internet de alta velocidad, línea RDSI) o en términos de capacidad de transmisión (un cierto ancho de banda o caudal de bits o el establecimiento de un circuito virtual permanente de unas características concretas).

El operador arrendador debe ocuparse del transporte del tráfico, y en su caso de su concentración, hasta el lugar en que entrega la señal al operador arrendatario. Este es el punto de acceso indirecto y allí deben instalarse los equipos necesarios para proveer los servicios convenidos.

Además del mero acceso a la red, el operador de acceso ha de analizar la numeración marcada para conocer cual es el operador por defecto a quien debe entregarla, o a que operador alternativo desea enviar la llamada el usuario. Una vez conocido cual es dicho operador, el operador de acceso habrá de prefijar la numeración que marcó el usuario con el código de acceso indirecto del operador a quien va destinada la llamada, para de ese modo permitir que haya operadores de tránsito y liberar al usuario de tener que marcar el código de acceso de su operador con cada llamada.