Asociación de Operadores para la Portabilidad
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Redes fijas, AOP
Con fecha 10 de febrero de 2006, tuvo lugar el Acto Fundacional de la AOP, Asociación de Operadores para la Portabilidad, haciéndose cargo desde la citada fecha de la actividad que hasta ese momento había venido desarrollando el Comité de Seguimiento de la Entidad de Referencia (CSER).
La A.O.P. se constituye como una asociación que se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. La A.O.P. tiene por objeto el desarrollo y mejora de las condiciones y entorno de la portabilidad numérica en España, así como la representación y defensa de sus miembros. A los fines de la Asociación, se entiende por "portabilidad numérica", la conservación de numeración geográfica y de red inteligente, de acuerdo con lo establecido en las correspondientes Especificaciones Técnicas, sin perjuicio de que sean incluidas otras modalidades de portabilidad en el futuro por cambio en la normativa regulatoria o por acuerdo entre los operadores.
Los órganos de gobierno de la A.O.P. son la Asamblea General, el Presidente y el Vicepresidente. La Asociación tiene constituidos dos grupos de trabajo, técnico y de procedimientos, y jurídico, que reportan a la Asamblea General. Cada asociado al corriente en el pago de sus Contribuciones, dispone de un número de votos relacionado con la media aritmética de las Contribuciones aportadas a la Asociación en el semestre anterior al mes en que se celebra la Asamblea.
La condición básica para ser miembro de la A.O.P. es ser un prestador de servicios de comunicaciones electrónicas debidamente inscrito, con obligaciones y derechos de portabilidad numérica.
Los recursos económicos de los que se nutre la A.O.P. proceden de las Contribuciones Ordinarias y Extraordinarias de sus asociados. Las Contribuciones Ordinarias se calculan sobre la base del presupuesto anual aprobado, correspondiendo con la totalidad de dicho presupuesto. El 40% del presupuesto es satisfecho a partes iguales por todos los asociados en cuotas mensuales. El 60% del presupuesto es satisfecho por los operadores que realizan operaciones transaccionales en la E.R. otorgando un peso del 25% a la actividad de exportación de números, y un 75% a la de importación. Las Contribuciones Extraordinarias se calculan sobre el importe del 100% del gasto extraordinario no presupuestado al comienzo del ejercicio, aplicando la misma regla de reparto que la utilizada para las Contribuciones Ordinarias.
En la última Asamblea de la A.O.P. celebrada el 28/03/2008 figuraban 60 operadores miembros de la misma.
Redes móviles, AOPM
En junio de 2008, la CMT aprobó la Circular 1/2008 para centralizar el modelo de cambio de operador, creando un registro centralizado de portabilidades.
Hasta 2010m, la gestión de la portabilidad móvil se realizaba mediante un modelo distribuido, en el que cada operador móvil accedía a los servidores del resto de compañías para efectuar los trámites de cambio de operador.
Con dicho modelo los procesos de portabilidad estaban poco estandarizados, tenían complejidad administrativa y costes crecientes a medida que entraban nuevos operadores en el mercado. La llegada de los móviles virtuales y la necesidad de dotar de mayor garantía, transparencia y rapidez a los procesos de portabilidad fueron determinantes para que la CMT y los operadores acordaran la creación de una entidad o nodo únicos que gestionaran todas las portabilidades, tal y como ocurre en la telefonía fija.
El nuevo sistema, que comenzará a funcionar a finales de febrero de 2010, se gestionará mediante una base de datos maestra (nodo central) a través de la cual todos los operadores de telefonía móvil -operadores de red, OMV y prestadores de servicio- podrán acceder con una serie de interfaces comunes y que será la encargada de registrar las solicitudes de portabilidad, las incidencias que se registren durante el proceso y las transacciones.
Inicialmente los operadores, llegaron a crear dos asociaciones para la portabilidad móvil -la AOPM, Asociación de Operadores para la Portabilidad Móvil, formada por 22 operadores y la SCPM (Sistema Centralizado de Gestión de la Portabilidad, formada por 6 operadores)- al no estar de acuerdo con el reparto de las contribuciones económicas para la financiación de la entidad de referencia móvil.
La Resolución de la CMT de 11 de febero de 2010 [1]puso fin a las diferencias obligando a todos los operadores móviles a formar una única asociación (o a que los operadores que no estén asociados firmen con ella un contrato de prestación de servicios) que sea la encargada de gestionar la Entidad de Referencia.
Después de analizar los costes que para los operadores supone la creación de un nodo centralizado, la CMT concluyó que que es inviable desde el punto de vista técnico, y mucho más costoso para las compañías, la existencia de más de un nodo o entidad de referencia, tal y como había propuesto la SCPM. Asimismo, destaca que en la circular de junio de 2008 que obligaba a todos los operadores a acordar la puesta en marcha de un nodo central se dejó claro que la Entidad de Referencia debía “ser única y contener una base de datos integrada que contenga todos los números portados de forma actualizada”.

