Infraestructuras comunes de telecomunicación
Infraestructuras comunes de telecomunicación
Una infraestructura común de telecomunicaciones (ICT) para el acceso a los servicios de telecomunicación comprende todas aquellas instalaciones necesarias para captar, adaptar y distribuir a las viviendas y locales, señales de radio y televisión terrestre y por satélite así como el servicio telefónico básico y los servicios de telecomunicaciones por cable. Para la instalación de una ICT se requiere la redacción de un proyecto técnico acompañado de una memoria en la que se incluya la descripción del edificio, la descripción de los servicios que se incluyen en la ICT, así como las señales y demás datos que determinen las características de los materiales a emplear, su ubicación y las características de la instalación.
En concreto, una ICT se compone de los siguientes elementos:
- Captación y distribución de radiodifusión sonora y televisión terrenales (antenas receptoras, amplificadores, etc.)
- Distribución de radiodifusión sonora y televisión por satélite
- Acceso y distribución del servicio de telefonía disponible al público (red de cables, armarios o cajas de distribución, etc.)
- Acceso y distribución de los servicios de telecomunicaciones de banda ancha (topología de la red de cable o de fibra óptica, armarios de segregación y distribución de las tomas, etc.)
- Canalización e infraestructura de distribución (arquetas, canalizaciones, etc.)
En la actualidad, la redacción de un proyecto técnico de ICT es obligatoria en la construcción de nuevos edificios y en la rehabilitación integral de edificios existentes. [1]
Requisitos de los proyectos técnicos de ICT
El proyecto técnico de ICT debe ir firmado por un ingeniero de telecomunicación o por un ingeniero técnico de telecomunicación. Asimismo, una ICT sólo puede ser instalada por aquellas empresas inscritas en el Registro de Empresas Instaladores de Telecomunicación que mantiene la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Compartición de fibra óptica en el interior de los edificios
Dicho asunto se trata en la página de Wikitel relativa a la compartición del acceso en las redes NGA
- ↑ Además, los edificios de viviendas y oficinas ya construidos deben disponer también de estas infraestructuras si el número de antenas individuales o colectivas instaladas en ellos supera un tercio de las viviendas y locales del edificio.
Normativa
- Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, que modifica la definición del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 1/1998 y establece, como requisito básico de funcionalidad, de todos los edificios, el acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información.
- Real Decreto 401/2003, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicación.
- Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo, por la que se desarrolla el Reglamento Regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicación.
- Orden ITC/1077/2006, de 6 de abril, Por la que se establece el procedimiento de adecuación de instalaciones colectivas de recepción de televisión para la recepción de la televisión digital terrestre y se modifican determinados aspectos de las ICTs
- Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo. Modificó el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, estableció la definición de las ICT, las funciones que debe cumplir y la condición de que los proyectos y certificaciones de fin de obra deben estar firmados por un Ingeniero de Telecomunicación.
- Ley 8/1999, de 6 de abril, de reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, que establece las condiciones en que las Juntas de Propietarios pueden acordar la instalación de una ICT, en los edificios que no dispongan de ella y las definió como elementos comunes.
Otros enlaces
- Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación. Legislación y normativa ICT
- Colegio-Asociación de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación.
- Code of Practice for Infocomm Facilities in Buildings (COPIF) IDA Singapur, 2008
- Code of Practice for Infocomm Facilities in Buildings (COPIF) Guidelines IDA Singapur, 15 de Septiembre de 2008
- Marco jurídico francés del despliegue de fibra óptica para usos domésticos. (en francés)
- Contrato tipo publicado por el regulador frances ARCEP para los acuerdos entre comunidades de vecinos y operadores para la instalación, gestión, mantenimiento y sutitución de líneas de comunicaciones electrónicas de banda ancha en fibra óptica (texto en frances).
Referencias académicas
- Projecte d’infraestructura comú de telecomunicacions i sistema domòtic per un edifici d'habitatges, Robert Espinet Cisneros, Proyecto Fin de Carrera, UPC 2007 - (Referencia Commons UPC)
- Proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios singulares, Rafael Jiménez Ortega, Proyecto Fin de Carrera, UPC 2005 - (Referencia Commons UPC)

