Intercambio Electrónico de Datos


El intercambio electrónico de datos (en inglés Electronic Data Interchange o EDI) es un servicio que permite el intercambio de documentos, sujetos a una serie de normas, entre ordenadores conectados a una red de comunicaciones, con el fin de posibilitar su tratamiento automático. Es usado principalmente en el ámbito de las relaciones entre entidades o empresas. Este sistema pretende que el emisor y receptor de un determinado documento comercial puedan ser directamente los respectivos ordenadores centrales, ganando así tiempo y evitando errores.

El Intercambio Electrónico de Datos puede realizarse en distintos formatos: EDIFACT (Electronic Data Interchange for Administration, Commerce and Transport), XML, ANSI ASC X12, TXT, etc.

EDIFACT (United Nations Electronic Data Interchange For Administration, Commerce and Transport) es un estándar de Naciones Unidas para el intercambio de documentos comerciales en el ámbito mundial. De EDIFACT nació el proyecto de comunicaciones EDI, hoy conocido bajo las siglas de EANCOM. Tiene subestándares para cada ámbito de negocio (distribución, automoción, transporte, aduanero, etc) o para cada país. Así, por ejemplo, AECOC regula el estándar EDI del sector de distribución. Para el intercambio de este tipo de información se suelen utilizar Redes de Valor Añadido (Valued Added Network o VAN) sobre protocolos IP. Además del intercambio de la información, estas redes permiten su registro.

Contenido

Tipos de EDI

La prestación de servicios EDI se pueden clasificar en los siguientes tipos:

EDI por medio de una Red de Valor Añadido

Básicamente son servicios de mensajería especializada en documentos mercantiles electrónicos, realizando las tareas de reparto de la información en un sistema de buzones electrónicos, tanto sobre protocolos de “comunicaciones especializadas (oftp, as2, x.400…)”, como sobre protocolos de “comunicaciones estándar (smtp, pop3, http…)”. Dichas soluciones usan una infraestructura de red basada TCP-IP, siendo la red de Internet el principal canal de acceso. El servicio de acceso a Internet mediante el cual los clientes acceden a los servidores, lo contratan al operador que ellos estimen oportuno.

Las Redes de Valor Añadido de los proveedores de servicios EDI son redes privadas en las que se puede intercambiar información EDI con seguridad. Dos empresas ineteresadas en intercambiar datos comerciales, por ejemplo facturas, deberán abrir una cuenta con un proveedor EDI que actúa como buzón electrónico de los documentos. La empresa remitente se conecta con el proveedor de servicios EDI y envía las transacciones al buzon del destinatario, donde se almacenarán. En este punto, la empresa remitente se puede desconectar del servicio. Cuando convenga al destinatario, se conectará al proveedor de servicios EDI y recibirá las transacciones. Muchos de los proveedores de servicios EDI ofrecen un servicio de alertas que informa al remitente que el destinatario recibió los mensajes y le indican si tiene mensajes pendientes.

El buzón electrónico de cada cliente se encuentra alojado en los servidores que tenga el prestador del servicio EDI en su centro de procesos de datos, cuyo principal acceso suele ser la red de Internet. El acceso y conexión a Internet del CPD del prestador del servicio EDI estará contratado con operadores de servicios de comunicaciones electrónicas.

Los prestadores de servicios EDI suelen ofrecer otros servicios complementarios como gestionar EDI externalizado, formación de comunidades sectoriales de interesados para que sus clientes pueden integrar ss sistemas sin complicaciones. Los clientes suelen preferir tener servicios EDI externos por las razones siguientes: [1] :

EDI por medio de Internet (webEDI)

Los documentos EDI se pueden enviar por internet con plena seguridad. Los protocolos más usuales son File Transfer Protocol Secure (FTPS), Hyper Text Transport Protocol Secure (HTTPS), y AS2.

Gracias a Internet cualquier empresa, independientemente de su tamaño y ubicación puede incorporarse a una cadena de producción. Muchas empresas han deslocalizado su producción tradicional a paises emetgentes como China, Europa del este o Extremo Oriente. El Web EDI les permite interactuar con sus proveedores y clientes sin tener que implementar una infraestructura EDI compleja.

En su modalidad más sencilla el webEDI permite que pequeñas empresas reciban, procesen, creen y gestionen documentos electrónicos mediante un sencillo navegador web. Este servicio transformas sus datos al formato EDI y lo envía a su corresponsal comercial. Suelen emplear formularios prefijados. Las transacciones se reciben, editan y envían mediante una página web, tan sencillo como un email. Los documentos EDI, las facturas y documentación de transporte se envían sin tener que instalar más software. Basta taner una conexión a Internet. Una de sus ventajas es que se puede acceder desde cualquier parte del mundo sin que sea preciso tener un especialista en software..

Generalmente la arquietectura WebEDI tiene una foma de nucleo y radios ("hub and spoke"), de modo que las grandes empresas y los proveedores de servicios conforman los núcleos y las pequeñas empresas los radios.

EDI mediante AS2

Uno de los procedimientos mas usados para transportar datos seguros en internet es AS2. Un sistema AS2 tiene una estructura cliente-servidor. Bajo AS2 cada mensaje se recubre de una envoltura segura y encriptada, con certificados digitales. En los enlaces propuestos más abajo verán un White Paper al respecto.


EDI por Internet, AS2


El implementar un sistema EDI interno puede resultar largo y complejo. Las empresas grandes suelen tener departamentos de informática y pueden integrar su sistema EDI con diferentes sistemas de back-office tanto para su uso interno como para sus proveedores y clientes. Sin embargo, esas fórmular pueden resultar inalcanzables para las pequeñas empresas, sobre todo cuando lo única que desean es intercambiar información de pedidos con sus proveedores y/o clientes.

Las pequeñas y medianas empresas pueden resolver el problema mediante un servicio AS2 externo. La siguiente figura muestra la diferencia entre implementar un sistema AS2 propio (izquierda) y externalizado (derecha).


EDI por Internet, AS2


Los puntos fuertes de la opción AS2 externalizada son:

EDI Externalizado

Y, finalmente, se puede externalizar el servicio EDI con un proveedor externo.

En los enlaces de más abajo encontrará un White Paper al respecto, también puede visitar sitios como:

Servicio de Comunicaciones Electrónicas en España

En España, el concepto de servicio de comunicaciones electrónicas viene recogido en el Anexo II de la LGTel, dicho concepto es determinante para fijar la naturaleza de las soluciones EDI.

En la LGTel, se define un servicio de comunicaciones electrónicas como

“el prestado por lo general a cambio de una remuneración que consiste, en su totalidad o principalmente, en el transporte de señales a través de redes de comunicaciones electrónicas, con inclusión de los servicios de telecomunicaciones y servicios de transmisión en las redes utilizadas para la radiodifusión, pero no de los servicios que suministren contenidos transmitidos mediante redes y servicios de comunicaciones electrónicas o de las actividades que consistan en el ejercicio del control editorial sobre dichos contenidos; quedan excluidos, asimismo, los servicios de la sociedad de la información definidos en el artículo 1 de la Directiva 98/34/CE (LCEur 1998, 2316) que no consistan, en su totalidad o principalmente, en el transporte de señales a través de redes de comunicaciones electrónicas”.

Y define una red de comunicaciones electrónicas como

“los sistemas de transmisión y, cuando proceda, los equipos de conmutación o encaminamiento y demás recursos que permitan el transporte de señales mediante cables, ondas hertzianas, medios ópticos u otros medios electromagnéticos con inclusión de las redes de satélites, redes terrestres fijas (de conmutación de circuitos y de paquetes, incluida Internet) y móviles, sistemas de tendido eléctrico, en la medida en que se utilicen para la transmisión de señales, redes utilizadas para la radiodifusión sonora y televisiva y redes de televisión por cable, con independencia del tipo de información transportada”.

Así pues, los servicios de comunicaciones electrónicas excluyen aquellos servicios que suministren contenidos o aquellos servicios de la Sociedad de la Información que no consistan principalmente en el transporte de la señal. Asimismo, de conformidad con la normativa anteriormente indicada deben diferenciarse los servicios que consisten en el transporte de la señal de los servicios prestados por terceros sobre dichos servicios portadores.

En conclusión, aquellos prestadores de servicios EDI que no se encarguen de transportar la señal entre los terminales de cada extremo de la comunicación, sino de ofrecer soluciones a sus clientes para el intercambio de información soportada sobre redes y servicios ajenos a su actividad, no prestan un servicio de comunicaciones electrónicas. Por consiguiente no deben estar inscritos por dicha actividad en el Registro de Operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas según la definición establecida en la normativa vigente y por el artículo 6.2 de LGTel.[2]

Interoperabilidad de Servicios en España

Los prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas estarán sujetos, en cuanto a interoperabilidad, a lo recogido en el artículo 11.2 de la LGTel y en el artículo 17.c) del Reglamento de Operadores por los cuales dichos operadores tendrán el derecho y, cuando se solicite por otros operadores, la obligación de negociar la interconexión mutua con el fin de prestar servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público con el objeto de garantizar así la prestación de servicios y su interoperabilidad.

El servicio EDI al no considerarse un servicio de comunicaciones electrónicas, sus prestadores no están sujetos a la obligación de los operadores de comunicaciones electrónicas de interoperabilidad de servicios.


  1. de EDI Basics
  2. Véase la Resolución del Consejo de la CMT de 21 de Mayo de 2009 por la que se da contestación a la consulta formulada por SERES sobre si es necesaria la inscripción del servicio de intercambio electrónico de datos (EDI) (RO 2009-214).

Normativa técnica

Enlaces de interés


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