Portal:Dominio Público Radioeléctrico


Autor: ipi alex
Autor: ipi alex

El espectro radioeléctrico constituye un recurso clave para muchos servicios esenciales en la sociedad: comunicaciones móviles, inalámbricas y por satélite, radiodifusión televisiva y sonora, transporte, radiolocalización (GPS/Galileo) y muchas otras aplicaciones: alarmas, controles remotos, prótesis auditivas, micrófonos, equipos médicos, reproductores de video y musica, ropa, (weareable computers) etc. La tecnología de las radiocomunicaciones también respalda servicios de interés nacional tales como la defensa, la seguridad y las actividades científicas (p. ej., meteorología, observación de la Tierra, radioastronomía e investigación espacial).

El dominio público (sea radioeléctrico o de otra naturaleza) puede tener tres tipos de uso:[1]

  1. Uso común: Se considera uso común de los bienes de dominio público el que corresponde por igual y de forma indistinta a todos los ciudadanos, de modo que el uso por unos no impide el de los demás interesados. Es por tanto la utilización general, colectiva o individual, que se puede realizar de forma anónima, sin necesidad de título alguno.
  2. Uso especial: Es uso que implica un aprovechamiento especial del dominio público el que, sin impedir el uso común, supone la concurrencia de circunstancias tales como la peligrosidad o intensidad del mismo, preferencia en casos de escasez, la obtención de una rentabilidad singular u otras semejantes, que determinan un exceso de utilización sobre el uso que corresponde a todos o un menoscabo de éste. Obedece a que no es fácil de garantizar siempre los principios de igualdad, libertad y gratuidad. El uso común especial podrá sujetarse a licencia, que se otorgará directamente (como en el permiso de conducción o el acceso a museos), salvo que su número fuera limitado, en cuyo caso lo será por licitación, y si no es posible, por sorteo entre todos los usuarios con los requisitos. Estas licencias no serán transmisibles.
  3. Uso privativo: Es uso privativo el que determina la ocupación de una porción del dominio público, de modo que se limita o excluye la utilización del mismo por otros interesados. Se otorga bajo licencia.

  1. España: Véase el Art. 85 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
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  • Resolución de 22 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de Cataluña, relativo a las reclamaciones de usuarios en materia de comunicaciones electrónicas. BOE nº 36 de 11/2/2009
  • Resolución de 22 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de Cataluña, relativo al uso del dominio público radioeléctrico por aficionados y de la banda ciudadana CB-27. BOE nº 36 de 11/2/2009
  • Decisión (676/2002/CE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, sobre un marco regulador de la política del espectro radioeléctrico en la Comunidad Europea (Decisión espectro radioeléctrico) - Síntesis de la Decisión sobre el Espectro Radioeléctrico
  • Decisión de la Comisión de 21 de mayo de 2008 relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 3 400-3 800 MHz para sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE) (2008/411/CE)]
  • Decisión de la Comisión de 13 de junio de 2008 relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 2 500-2 690 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Comunidad [notificada con el número C(2008) 2625] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2008/477/CE)]
    • Consulta pública del MITyC sobre el uso de la banda de frecuencias 2.500 a 2.690 MHz y sobre posibles nuevas modalidades de explotación de las bandas de frecuencia de 900 MHz, 1.800 MHz y 3,5 GHz.
  • Benchmarking Impacts of EU Policy. Options for Economically Efficient Management of Radio Spectrum
  • Alemania. Proceedings for the award of mobile spectrum Communication 219/2007 Consultation on draft decision. Draft decision by the President's Chamber on the order for and choice of proceedings for the award of spectrum in the bands 1.8 GHz, 2 GHz and 2.6 GHz for digital cellular mobile communications under sections 55(9), 61(1) and (2), 132(1) and (3) TKG; Consultation in accordance with sections 55(9) second sentence and 61(1) first and second sentence TKG

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