Receiver's Pay Pricing
Receiver’s pay Pricing o Receiving Party Pays
La mayor parte de la literatura sobre interconexión en dos direcciones no ha considerado que los receptores de llamadas obtienen una utilidad por ello. Este aspecto tiene implicaciones importantes. Por ejemplo, los receptores de las llamadas pueden afectar el tráfico telefónico si deciden no responder. Este concepto se denomina “soberanía del receptor”.
Sin embargo, existe una serie de artículos que se han propuesto subsanar estas carencias analizando la competencia en las industrias de red cuando hay externalidades de llamada, soberanía del receptor y las empresas pueden hacer pagar un precio al consumidor por recibir llamadas[1].
La práctica de los operadores de hacer pagar a sus consumidores por la recepción de llamadas se denomina “Receiver Pays Principle” (RPP). Uno de los mercados donde este tipo de tarifas ha ganado más importancia es en el caso de la telefonía móvil. Así, por ejemplo, este principio se aplica en Estados Unidos, Canadá y Hong Kong. Otro mercado en el que se aplica el RPP es Internet, ya que tanto los consumidores que realizan la llamada como las páginas web pagan a los proveedores de Internet por su conexión.
Varios trabajos han estudiado los efectos del RPP. En el Reino Unido, a finales de los noventa Oftel (1998) observó que el precio de las llamadas de redes fijas a teléfonos móviles era demasiado elevado. Constataron que cobrar el precio de la llamada integramente a su emisor (Caller Pays Principle, CPP) genera poca competencia en los precios de interconexión de terminación de fijo a móvil. En consecuencia, los elevados precios de terminación acababan perjudicando a los consumidores de la red fija.
En esta situación, Doyle y Smith (1998) propusieron aplicar el RPP. De este modo, los operadores de telefonía móvil deberían hacer pagar a sus consumidores por recibir llamadas, mientras que quienes realizasen las llamadas pagarían un precio por minuto uniforme. En su artículo, Doyle y Smith consideran un monopolio de telefonía fija y un duopolio en la telefonía móvil. Muestran que bajo el CPP, suponiendo que los operadores de móvil establecen el precio de terminación de fijo a móvil, se producirá una doble marginalización en las llamadas de fijo a móvil.
En cambio, con RPP los operadores de telefonía móvil se ven forzados a establecer unos precios de interconexión de terminación más bajos porque ahora compiten entre ellos para atraer clientes.
En otro artículo, Kim y Lim (2000) muestran que el RPP permite internalizar las externalidades de llamada cuando los clientes obtienen utilidad por recibir llamadas. Para ello, desarrollan dos modelos en los que los precios de interconexión y los precios minoristas están desregulados. El primer modelo analiza el caso de un monopolio. Los autores muestran que la utilización de una tarifa lineal para recibir llamadas disminuye el coste marginal de una llamada y, consecuentemente, reduce el precio de las llamadas. Sin embargo, el efecto en el precio total de la llamada (el precio de realizar y recibir la llamada) y en el bienestar depende de la elasticidad precio de la demanda del servicio.
En el segundo modelo, Kim y Lim introducen las externalidades de llamada en el modelo de Laffont, Rey y Tirole (1998) [2] y suponen que las empresas fijan precios de interconexión recíprocos. Un operador cobra un precio a todos los consumidores por recibir llamadas iniciadas en su red, tanto a los suscriptores de su propia red como a los de otras. Bajo este supuesto, demuestran que el precio final de la llamada disminuye cuando se utiliza el RPP, aunque el precio de interconexión es más elevado. Por otro lado, muestran que el RPP ofrece resultados ambiguos para el bienestar. Jeon, Laffont y Tirole (2004) investigan también como el RPP puede ayudar a internalizar las externalidades de llamada. De acuerdo con estos autores, cuando el precio de recepción de las llamadas y el precio de interconexión de terminación están regulados, existe un equilibrio eficiente. En cambio, cuando las tarifas de recepción están desreguladas los operadores prefieren establecer precios de emisión y recepción de llamadas iguales a los costes de las llamadas off-net.
El análisis de Jeon et al. les permite destacar una serie de conclusiones. En primer lugar, y desde un punto de vista normativo, cuando los receptores valoran las llamadas, los precios de realizar las llamadas deben fijarse por debajo del coste marginal de comunicación. Una forma de conseguirlo es estableciendo un precio de terminación por debajo del coste marginal de terminación.
En segundo lugar, reduciendo el coste marginal de cada red, los precios de terminación también contribuyen a una internalización de la externalidad de los receptores. De acuerdo con estos autores, se pueden regular los precios de terminación y de recepción para alcanzar un precio eficiente.
Finalmente, si la demanda de emisión y de recepción de llamadas son elásticas y si los precios de recepción están desregulados, los operadores fijan los precios de emisión y recepción de llamadas iguales a los costes de las llamadas off-net. Por tanto, si disminuye el precio de recepción también se reduce el precio de terminación.
Su fórmula contraria es el CPP. Como se ha indicado más arriba, en los sistemas RPP la parte que recibe la comunicación paga todo, o casi todo, el coste de la comunicación extremo a extremo. En particular, la telefonía móvil es RPP cuando quien recibe la llamada paga el tramo radio de terminación en su terminal. No es infrecuente que quién inicie la llamada tenga que pagar el precio de llamada local. [3]
Geografía
Los paises que utilizan la fórmula RPP son:[4]
- Albania
- Barbados
- Camerún
- Canada
China(en 2007 cambió al sistema CPP)- Croacia
- Hongkong
- Mauricio
- Rusia
- Singapur
- St. Kitts y Nevis
- Sri Lanka
- Ucrania
- USA
- ↑ Oftel (1998), “Oftel’s Submission to the Monopolies and Mergers Commission Inquiry into Prices of Calls to Mobile Phones”, London. Doyle, C. y J. Smith (1998), “Market Structure in Mobile Telecoms: Qualified Indirect Access and the Receiver Pays Principle”, Information Economics and Policy, 10, 471-488 Kim, J.Y. y Y. Lim (2000), “An Economic Analysis of the Receiver Pays Principle”, mimeo, Dongkuk University. Jeon, D., J.J. Laffont y J. Tirole (2004), “On the receiver pays principle”, RAND Journal of Economics 35 (1).
- ↑ Laffont, J-J., P. Rey y J. Tirole (1998), “Network Competition: I. Overview and Nondiscriminatory Pricing”, Rand Journal of Economics, 29 (1): 1-37.
- ↑ Del OECD Glossay of Statistical Terms
- ↑ Tomado de: Calling Party Pays or Receiving Party Pays? página 21
Artículos de interés
- Case studies of mobile termination regimes in Canada, Hong Kong, Singapore and the USA Report by Analysys Mason for Ofcom.
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